miércoles, 5 de agosto de 2015

Porque todo se puede soñar....









Porque en esta vida hay que trabajar duro para conseguir las cosas, es todo un lujo trabajar en lo que más te gusta y si además es tu proyecto, aún más. 

Me siento privilegiada por haber podido empezar este proyecto de vida y de trabajo, sea cual sea el final (ya sabemos cómo funciona el "emprendimiento" en nuestra querida España), intentaremos darlo todo y que salga hacia adelante a pesar de las trabas, el galimatías burocrático y el dinero que es necesario pagar a las administraciones desde el momento en el que piensas montarte por tu cuenta, y no desde el momento que empiezas a facturar.

Ya os digo que todo es muuuy difícil, que si no es por las ganas que tenemos de hacer lo que nos gusta no sé si hubiésemos seguido... y esto no es lo peor (eso dicen), nos queda la adolescencia de la Empresa, tiempo donde se verá si podremos llegar a buen puerto o nos quedaremos a mitad del camino, como el 90% de los emprendedores Españoles, como leí en un artículo hace poco (esto te pone los pelos de punta)... eso se irá viendo con los nervios, los agobios, las noches en vela, el trabajo duro y seguramente el trato "desamigable" con los bancos, esto último seguro, por desgracia.

Bueno pues os dejo la entrada a mi nuevo "espacio" para  todos mis seguidores, aquellos y aquellas incondicionales que seguís conmigo, apoyándome en todos mis proyectos, que aunque este es el más importante no ha sido el único.

GRACIAS A TODOS POR VUESTRO APOYO!!

Esto sigue...

http://carescentriterapeutico.blogspot.com.es

jueves, 9 de julio de 2015

https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/primaria-secundaria/beca-necesidad-especifica

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

Curso 2014/2015

Datos generales:

  • Descripción:
    Ayudas para cursar estudios reglados de enseñanza en niveles obligatorios y postobligatorios detallados en la convocatoria.
  • Modalidades:
    • Ayudas y subsidios para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Ayudas para programas complementarios, a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.
  • Destinatarios:
    Alumnos escolarizados en centros educativos españoles, que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.
  • Requisitos:
    • Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda a conceder
    • Económicos
  • Dotación:
    La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante.
  • Plazo de presentación
    • Desde: 14 de julio de 2014
    • Hasta: 30 de septiembre de 2014
    • Plazo de presentación finalizado
  • ¿Cómo realizarlo?:
    A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Documentación requerida:
    Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Certificado de discapacidad.
    Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje: certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
  • Lugar de entrega:
    Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.

Resoluciones:

  • Resoluciones:
    •  Con fecha 10 de abril de 2015, se ha publicado en el BOE la resolución por la que se aprueba la publicación, en los tablones de anuncios de las administraciones educativas de cada provincia, de los listados definitivos de becarios de la convocatoria de ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2014-2015. De acuerdo con las bases de la convocatoria, los solicitantes que no aparezcan en los mencionados listados, tienen denegada su solicitud.
      El plazo para la presentación de recurso de reposición finaliza el próximo 11 de mayo de 2015.
    •  Si desea presentar recurso contra la resolución de su ayuda, deberá hacerlo en la unidad de becas que tramita su solicitud. Podrá utilizar el siguiente modelo:

Más información sobre este trámite o servicio:

  • Necesito ayuda:

     PREGUNTAS GENERALES

    1.-¿Qué tipo de ayudas recoge esta convocatoria y qué incluyen ?

    • Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por trastorno por déficit de atención por hiperactividad (TDAH):
      • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
      • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
      • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
      • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
      • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
      • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
      • Libros y material didáctico:
        • Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
        • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
      • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
    • Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH (sólo para familias numerosas)
      • Transporte: hasta 308,00 (si es transporte urbano) o 617,00 euros (si es transporte interurbano).
      • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
    • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
      • Una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forma gratuita por la correspondiente administración educativa

    2.-¿Quién puede solicitar este tipo de ayudas y bajo qué requisitos?

    Podrán solicitar Ayudas Directas:Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones:
    • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
      • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
      • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
      • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
    • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
      • Educación Infantil
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Distintas modalidades de Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
      • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
      • Formación Profesional Básica
      • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    • Cumplir los requisitos económicos siguientes (para las ayudas directas y complementarias; no es necesario para los subsidios):
    La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
    Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
     Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
    • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
    • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
    • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
    • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
    La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria.
    • A la renta obtenida por la unidad familiar se le aplicarán las siguientes deducciones:
      • El 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales (p. ejm., hermanos, abuelos, etc.)
      • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
      • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
      • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
      • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
    Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.
    Podrán solicitar Subsidios:
    Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones (no hay requisitos económicos):
    • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
    • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
      • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
      • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
      • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
    • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
      • Educación Infantil
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Distintas modalidades de Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
      • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
      • Formación Profesional Básica
      • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    Podrán solicitar Ayudas complementarias:Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades que cumplan las siguientes condiciones
    • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
    • Haber cumplido los seis años de edad antes del 31 de diciembre de 2014.
    • Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales
    • Cumplir los requisitos económicos siguientes:
    • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
    • Los límites son los siguientes:
      • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
      • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
      • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
      • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
      • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
      • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
      • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
      • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
    Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
    1. Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
    2. Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
    3. Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
    4. Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
    La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria. A la renta obtenida por la unidad familiar se le practicarán las siguientes deducciones:
    • 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales
    • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
    • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
    • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios. 
    • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
    Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.

    3.-¿Para qué niveles de estudios se puede solicitar este tipo de ayudas?

    Tanto las Ayudas Directas como los Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluyendo el afectado por TDAH, se pueden solicitar para los siguientes estudios:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Formación Profesional Básica
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    Las Ayudas Complementarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades se pueden solicitar para los siguientes estudios:
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales

    4.-¿Si solicito ayuda directa puedo solicitar también subsidio?

    No, sólo se puede solicitar la ayuda para una de las tres modalidades: ayuda directa, subsidio o ayuda complementaria.

    5.-¿Cuándo comienza el plazo de presentación y cuándo termina?

    Comienza el 15 de julio y termina el 30 de septiembre de 2014.

    6.-¿Qué documentos tengo que aportar para presentar mi solicitud?

    Para acreditar los requisitos generales: alguno de los tres siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
    • Certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, minusvalía/discapacidad calificada, etc.),
    • Documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de minusvalía/discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

    7.-¿Dónde tengo que presentar mi solicitud?

    • Solicitantes con certificado electrónico: iniciarán el proceso a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cumplimentarán e imprimirán el formulario y lo firmarán, para luego escanearlo y presentarlo mediante la Sede Electrónica.
    • Solicitantes sin certificado electrónico: cumplimentarán e imprimirán el modelo de solicitud que se obtiene a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.
    En ambos casos, será necesario que el solicitante (que es siempre el alumno) esté registrado, es decir, dado de alta en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que el solicitante sea menor de 14 años y no tenga DNI, puede registrarse el padre, madre o tutor en lugar de dicho solicitante.

    8.-¿Quién debe registrarse en la Sede Electrónica del Ministerio?

    El alumno que tiene necesidad específica de apoyo educativo será siempre el solicitante de la beca o ayuda, y por tanto deberá estar registrado (es decir, dado de alta) en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que no tenga NIF y sea menor de 14 años, se dará de alta en Sede Electrónica el padre, madre o tutor, aunque el alumno seguirá figurando como solicitante.


viernes, 22 de mayo de 2015

Noche y día








Firmado por Teddy Newton para Pixar, en donde dos personajes que representan el día y la noche nos hacen reflexionar sobre el miedo a lo desconocido, sobre los prejuicios infundados que tenemos ante aquello que no controlamos y nos dice que si en lugar de cerrarnos en nuestro propio mundo damos la posibilidad al otro de mostrarnos sus cualidades, probablemente descubramos una ventana diferente que nos permita crecer como personas.


Un buen corto para comentar con nuestros hijos, para valorar los prejuicios, la autoestima y pasar un rato agradable en familia.


jueves, 7 de mayo de 2015

CONVOVATORIA DE BECAS PARA ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES




https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/primaria-secundaria/beca-necesidad-especifica

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

Curso 2014/2015

Datos generales:

  • Descripción:
    Ayudas para cursar estudios reglados de enseñanza en niveles obligatorios y postobligatorios detallados en la convocatoria.
  • Modalidades:
    • Ayudas y subsidios para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Ayudas para programas complementarios, a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.
  • Destinatarios:
    Alumnos escolarizados en centros educativos españoles, que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.
  • Requisitos:
    • Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda a conceder
    • Económicos
  • Dotación:
    La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante.
  • Plazo de presentación
    • Desde: 14 de julio de 2014
    • Hasta: 30 de septiembre de 2014
    • Plazo de presentación finalizado
  • ¿Cómo realizarlo?:
    A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Documentación requerida:
    Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Certificado de discapacidad.
    Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje: certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
  • Lugar de entrega:
    Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.

Resoluciones:

  • Resoluciones:
    •  Con fecha 10 de abril de 2015, se ha publicado en el BOE la resolución por la que se aprueba la publicación, en los tablones de anuncios de las administraciones educativas de cada provincia, de los listados definitivos de becarios de la convocatoria de ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2014-2015. De acuerdo con las bases de la convocatoria, los solicitantes que no aparezcan en los mencionados listados, tienen denegada su solicitud.
      El plazo para la presentación de recurso de reposición finaliza el próximo 11 de mayo de 2015.
    •  Si desea presentar recurso contra la resolución de su ayuda, deberá hacerlo en la unidad de becas que tramita su solicitud. Podrá utilizar el siguiente modelo:

Más información sobre este trámite o servicio:

  • Necesito ayuda:

     PREGUNTAS GENERALES

    1.-¿Qué tipo de ayudas recoge esta convocatoria y qué incluyen ?

    • Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por trastorno por déficit de atención por hiperactividad (TDAH):
      • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
      • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
      • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
      • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
      • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
      • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
      • Libros y material didáctico:
        • Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
        • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
      • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
    • Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH (sólo para familias numerosas)
      • Transporte: hasta 308,00 (si es transporte urbano) o 617,00 euros (si es transporte interurbano).
      • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
    • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
      • Una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forma gratuita por la correspondiente administración educativa

    2.-¿Quién puede solicitar este tipo de ayudas y bajo qué requisitos?

    Podrán solicitar Ayudas Directas:Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones:
    • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
      • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
      • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
      • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
    • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
      • Educación Infantil
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Distintas modalidades de Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
      • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
      • Formación Profesional Básica
      • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    • Cumplir los requisitos económicos siguientes (para las ayudas directas y complementarias; no es necesario para los subsidios):
    La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
    Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
     Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
    • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
    • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
    • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
    • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
    La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria.
    • A la renta obtenida por la unidad familiar se le aplicarán las siguientes deducciones:
      • El 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales (p. ejm., hermanos, abuelos, etc.)
      • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
      • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
      • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
      • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
    Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.
    Podrán solicitar Subsidios:
    Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones (no hay requisitos económicos):
    • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
    • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
      • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
      • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
      • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
    • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
      • Educación Infantil
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Distintas modalidades de Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
      • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
      • Formación Profesional Básica
      • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    Podrán solicitar Ayudas complementarias:Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades que cumplan las siguientes condiciones
    • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
    • Haber cumplido los seis años de edad antes del 31 de diciembre de 2014.
    • Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
      • Educación Primaria
      • Educación Secundaria Obligatoria
      • Bachillerato
      • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
      • Enseñanzas artísticas profesionales
    • Cumplir los requisitos económicos siguientes:
    • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
    • Los límites son los siguientes:
      • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
      • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
      • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
      • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
      • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
      • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
      • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
      • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
    Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
    1. Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
    2. Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
    3. Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
    4. Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
    La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria. A la renta obtenida por la unidad familiar se le practicarán las siguientes deducciones:
    • 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales
    • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
    • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
    • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios. 
    • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
    Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.

    3.-¿Para qué niveles de estudios se puede solicitar este tipo de ayudas?

    Tanto las Ayudas Directas como los Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluyendo el afectado por TDAH, se pueden solicitar para los siguientes estudios:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Formación Profesional Básica
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
    Las Ayudas Complementarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades se pueden solicitar para los siguientes estudios:
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales

    4.-¿Si solicito ayuda directa puedo solicitar también subsidio?

    No, sólo se puede solicitar la ayuda para una de las tres modalidades: ayuda directa, subsidio o ayuda complementaria.

    5.-¿Cuándo comienza el plazo de presentación y cuándo termina?

    Comienza el 15 de julio y termina el 30 de septiembre de 2014.

    6.-¿Qué documentos tengo que aportar para presentar mi solicitud?

    Para acreditar los requisitos generales: alguno de los tres siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
    Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
    • Certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, minusvalía/discapacidad calificada, etc.),
    • Documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de minusvalía/discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

    7.-¿Dónde tengo que presentar mi solicitud?

    • Solicitantes con certificado electrónico: iniciarán el proceso a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cumplimentarán e imprimirán el formulario y lo firmarán, para luego escanearlo y presentarlo mediante la Sede Electrónica.
    • Solicitantes sin certificado electrónico: cumplimentarán e imprimirán el modelo de solicitud que se obtiene a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.
    En ambos casos, será necesario que el solicitante (que es siempre el alumno) esté registrado, es decir, dado de alta en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que el solicitante sea menor de 14 años y no tenga DNI, puede registrarse el padre, madre o tutor en lugar de dicho solicitante.

    8.-¿Quién debe registrarse en la Sede Electrónica del Ministerio?

    El alumno que tiene necesidad específica de apoyo educativo será siempre el solicitante de la beca o ayuda, y por tanto deberá estar registrado (es decir, dado de alta) en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que no tenga NIF y sea menor de 14 años, se dará de alta en Sede Electrónica el padre, madre o tutor, aunque el alumno seguirá figurando como solicitante.

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